Saturday, September 06, 2014

Mahmoud Abbas no puede reescribir el derecho internacional – Emmanuel Navon – i24news



Esta no es la primera vez que Abbas "amenaza" con ir a la ONU. En septiembre de 2011, Abbas sometió al Secretario General de la ONU una demanda oficial de adhesión del "Estado de Palestina" (el Consejo de Seguridad anunció dos meses después de que él no estaba capacitado para "dar un voto favorable y unánime a esta solicitud”). En noviembre de 2012, la Asamblea General de la ONU cambió el estatus de la OLP de "entidad observadora" a la de "Estado observador no miembro". Este voto, sin embargo, no establece un Estado palestino.

 Las resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas no son vinculantes en el derecho internacional (contrariamente a las resoluciones del Consejo de Seguridad). Sólo se trata de recomendaciones. La Asamblea General no estableció, y no puede establecer estados. Contrariamente a una creencia popular, la ONU no estableció el Estado de Israel. El 29 de noviembre de 1947, la Asamblea General de la ONU no hizo más que aprobar la recomendación de la UNSCOP (Comité Especial de las Naciones Unidas para Palestina) de dividir el Mandato Británico en un Estado judío y un Estado árabe. Esta aprobación fue un dictamen no vinculante, que se volvió obsoleto en cuanto fue rechazada por los estados árabes. El Estado de Israel ha sido establecido por siete décadas de inmigración judía, trabajo duro y una guerra de independencia en la que los judíos lucharon solos, sin ayuda de la ONU (aunque ayudado por un satélite militar soviético: Checoslovaquia). Por lo tanto, la resolución de la Asamblea General de 29 de noviembre el 2012 no ha establecido un "Estado de Palestina".

Lo que Abbas está tratando de hacer, por consecuente, es involucrar al Consejo de Seguridad mediante la creación de un artificio destinado a transformar la Ribera Occidental en el equivalente jurídico de Kuwait en 1991 o de Corea del Sur en 1950, cuando el Consejo de Seguridad autorizó el uso de la fuerza para liberar a esos dos estados soberanos atacados y conquistados. La iniciativa de Abbas, sin embargo, carece de fundamento legal.

Israel no ocupa un Estado anteriormente soberano, y por consecuente su situación no es comparable a la de Irak en Kuwait o a la de Corea del Norte en Corea del Sur. Cuando Israel conquistó Judea y Samaria en una guerra de autodefensa en junio de 1967, no franqueó una frontera internacional, sino una línea de armisticio temporal definida como tal por los Acuerdos de Rodas de 1949. Israel no conquistó un Estado soberano sino un territorio que fue ilegalmente conquistado y anexionado por Transjordania (Jordania) durante 18 años (1949-1967) y atribuido por la Sociedad de Naciones (SDN) al pueblo judío para su autodeterminación. La Sociedad de Naciones no concedió derechos nacionales a un supuesto "pueblo palestino", porque nadie había oído jamás hablar de tal pueblo en esos momentos.

 Así, la UNSCOP rechazó la afirmación árabe según la cual el Mandato de la Sociedad de Naciones era ilegal. El informe decía que los árabes "no estaban en posesión del territorio de la Palestina del Mandato en tanto nación soberana", y que no había "ninguna razón para cuestionar la validez del Mandato por los motivos expuestos por los Estados árabes". Si resultara ilegal que la Sociedad de Naciones hubiera reconocido los derechos nacionales e históricos de los judíos sobre su país de origen, a continuación, todos los Estados-nación que surgieron de la desintegración de los imperios otomano y austro-húngaros también serían ellos ilegales.

Es precisamente al hecho de que Israel “no conquistó un Estado soberano en junio de 1967, sino que recuperó, en una guerra de autodefensa, un territorio que fue atribuido al pueblo judío para su autodeterminación por la Sociedad de Naciones, y que fue controlado ilegalmente por Transjordania durante 18 años, que la Resolución 242 del Consejo de Seguridad (aprobada en noviembre de 1967) no exige una retirada completa e incondicional de los territorios conquistados en 1967. Si realmente hubiera sido así, la Resolución 242 habría sido adoptada bajo el Capítulo 7 de la Carta de las Naciones Unidas (que autoriza el uso de la fuerza para hacer cumplir el derecho internacional, y que sí se aplicó contra Corea del Norte en 1950 y contra Irak en 1991). La resolución 242 fue adoptada en virtud del Capítulo 6 de la Carta de la ONU, capítulo que apelaba a todos los beligerantes a resolver sus conflictos de manera pacífica.

 La resolución 242 fija los parámetros para una solución pacífica del conflicto árabe-israelí, lo que incluye una retirada israelí "de territorios" ("from territories" en el original inglés que hizo autorizad) que conquistó en 1967 a cambio de la paz y de unas fronteras defendibles. No solamente la Resolución 242 no exigía la retirada israelí a las antiguas líneas temporales de armisticio delimitadas por los acuerdos temporales de Rodas, sino que también establecía y fijaba como condición para una retirada israelí la firmar de unos acuerdos de paz y la delimitación de unas fronteras defendibles. Es indiscutible que las líneas de armisticio temporales de 1949 no pueden constituir unas fronteras defendibles. En cuanto a Abbas, quiere una retirada israelí pero sin paz y sin fronteras defendibles.

Mahmoud Abbas puede reescribir la historia en los libros escolares palestinos e inclusive creerse su propia propaganda, pero no puede reescribir el derecho internacional.

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